Formación Bonificada

La formación bonificada, es una formación subvencionada, concedida a las empresas para destinarla en la actividades formativas de sus trabajadores, relacionadas con la empresa o puesto de trabajo. Que a su vez tiene como objetivo incrementar tanto el rendimiento como la competitividad en el trabajo.

¿Cómo bonificarte?
La bonificación en 8 pasos
BONIFICA LA FORMACIÓN DE TUS TRABAJADORES
¿CÓMO BONIFICO MI FORMACIÓN?
1. Calcula tu crédito
El crédito de formación es la cuantía de la cual dispone tu empresa durante el año como ayuda para la formación que impartes a tus trabajadores.
Se calcula en función de lo cotizado por formación profesional así como la plantilla media (datos de los Recibos de Liquidación de Cotizaciones del año anterior).
2. Date de alta en la aplicación

Toda la gestión de las bonificaciones se realiza a través de la aplicación de Formación Programada por las empresas. Dicha gestión puede realizarla la propia empresa (bonificada), o una entidad organizadora. En el caso de grupos de empresas, la gestión puede realizarla una de las empresas del grupo designada para tal fin.

Si vas a actuar como entidad organizadora, o bien, vas a contratar sus servicios, te interesa conocer más al respecto (+información).

3. Informa a la Representación Legal de los Trabajadores

Si la empresa no tiene RLT, salta directamente al punto 4. Comunica el inicio del curso.

Si en tu empresa existe cualquier forma de Representación Legal de Trabajadores, ésta debe ser informada de la formación bonificada que esté previsto realizar (acciones formativas y PIF).

Para ello, debes seguir los siguientes pasos:

  1. Solicitar a la RLT informe aportando la siguiente documentación: Denominación, descripción y objetivos de las acciones formativas.
    • Colectivos destinatarios y número de participantes por acción formativa.
    • Calendario previsto de ejecución.
    • Medios pedagógicos.
    • Criterios de selección de los participantes.
    • Lugar previsto de impartición.
    • Balance de las acciones formativas del ejercicio precedente.
  2. La RLT dispondrá de 15 días para pronunciarse sobre el mismo.
    Una vez transcurrido este plazo y con independencia de que la RLT emita su informe y, en su caso, del sentido de este, la empresa podrá ya iniciar la acción formativa.
  3. En el caso de existir discrepancias entre la empresa y la RLT, se concederá nuevamente un plazo de 15 días para intentar resolver las mismas.
  4. Si se mantuviera el desacuerdo, se comunicará dicha situación a través de la aplicación, cumplimentandose el Acta de discrepancias.
  5. La Estructura Paritaria Sectorial correspondiente examinará las discrepancias al objeto de decidir la conveniencia de la mediación por parte de Fundae.
4. Comunica el inicio del curso

Para comunicar el inicio del curso, en primer lugar, deberás dar de alta en la aplicación la acción formativa, y a continuación comunicar el inicio del grupo formativo:

1) Alta de las acciones formativas

Deberás grabar los elementos básicos que van a definir esa acción:

  • Modalidad (presencial/teleformación/mixta, la parte presencial debe ser igual o superior al 20%, de lo contrario, se considera teleformación).
  • Duración.
  • Objetivos.
  • Contenidos.

2) Comunicación de inicio del grupo formativo

Una vez dada de alta la acción, comunica el inicio del grupo, como mínimo, 2 días naturales antes de su fecha de comienzo, indicando cuándo, dónde, quién lo imparte y a quién va dirigido. La cancelación o la modificación de la localidad o fecha de finalización de la impartición deberá ser comunicada, en todo caso, con un día de antelación al de la fecha prevista para su comienzo.

El centro de formación contratado por una entidad organizadora o bien aquellas entidades organizadoras que impartan formación, deberán estar inscritas en el Registro estatal de entidades de formación a través de la declaración responsable.

Cambios e incidencias

Si una vez comunicado el inicio, se producen cambios en el grupo, dispondrás de los siguientes plazos para comunicarlos:

  • Cancelación, horario, fechas o el lugar de impartición: un día (natural) de antelación al comienzo del curso.
  • Si el cambio afecta a la fecha de inicio deberán transcurrir 2 días naturales entre la comunicación de la modificación y el nuevo inicio.
  • El resto de cambios podrás hacerlos hasta el mismo día de comienzo del curso.

Si se producen cambios en el transcurso del curso una vez iniciado, ten presente:

  • Los de formador o calendario (que no afecten a la fecha de finalización) podrás modificarlos directamente en la aplicación en el apartado correspondiente.
  • El resto de cambios que se produzcan en el transcurso del curso, incluyendo la fecha de finalización, deberán ser comunicados en el apartado “Incidencias”, y deberán obedecer a causas imprevistas o sobrevenidas, justificadas documentalmente, y comunicadas previamente. El Servicio Público de Empleo Estatal examinará las mismas y resolverá si son aceptadas. De lo contrario, el grupo quedará en estado incidentado y no podrá ser aplicada la bonificación.
5. Realiza la formación

Durante el desarrollo de la formación, deberás tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • La formación debe ser gratuita para los participantes.
  • La duración total del curso no puede ser inferior a 2 horas.
  • La formación no puede superar las 8 horas diarias, a menos que se haga en un solo día.
  • El número de participantes no deberá exceder 30 en modalidad presencial (25 si se trata de un Certificado de profesionalidad), y 80 por tutor en teleformación.
  • En el caso de modalidad presencial, debe cumplimentarse el Modelo de control de Asistencia (en la modalidad de teleformación, las plataformas deberán posibilitar el registro de la actividad de los participantes).
  • Al finalizar el curso, deberá entregarse a los participantes el Cuestionario de evaluación del curso.
  • En el plazo máximo de dos meses desde la finalización del curso, debe entregarse a los participantes un certificado de asistencia o diploma.
6. Comunica la finalización del curso

Antes de aplicar la bonificación, debes comunicar la finalización del curso a través de la aplicación, desde su fecha de fin y, en todo caso, antes de la presentación del boletín de cotización del mes de diciembre.

Para realizar este paso, deberás informar de:

  • Los datos de los participantes que han finalizado la formación (que hayan realizado 75 % del curso).
  • Los costes del curso (directos, indirectos y de organización).
  • La cuantía y el mes en el que te vas a bonificar.

Cofinanciación privada

Si tu empresa tiene más de 5 trabajadores, está obligada a asumir un porcentaje del total de los costes que comunique en la aplicación a lo largo del año. Para el cálculo de esta aportación, se tendrán en cuenta los Costes salariales de los trabajadores formados durante el horario de trabajo.

La aplicación calculará la cofinanciación de la siguiente forma: (costes de formación + costes salariales) – bonificación aplicada

7. Bonifica la formación

Debes conservar, durante un plazo de cuatro años, la documentación acreditativa de las acciones formativas por las cuales te has practicado la bonificación, por si ésta te fuera requerida.

Una vez finalizado el ejercicio, Fundae comprobará las bonificaciones practicadas para asegurar la corrección de las mismas:

  • Que no hayas superado el crédito disponible
  • Que has cumplido los requisitos (información a la RLT, cofinanciación, etc.)
  • Los resultados de las actuaciones de seguimiento y control, si las has tenido.
  • Vida laboral de los participantes.

Si dicha comprobación resultase no conforme, recibirás, mediante una notificación electrónica, una comunicación indicando los motivos, disponiendo de un plazo de diez días para realizar las alegaciones oportunas.

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Dudas Frecuentes

¿Quién puede solicitar la Ayuda del Kit Digital?
Pymes y autónomos de 0 a 49 trabajadores de cualquier sector.
¿Cuál es el importe de la ayuda?

10 a 49 empleados: hasta 12.000 EUR

3 a 9 empleados: hasta 6.000 EUR

0 o 2 empleados: hasta 2.000 EUR

¿Qué condiciones debo cumplir para recibir la ayuda?

Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.

¿En qué consiste un kit digital?

Digital Toolkit es una de las herramientas cofinanciadas por el gobierno para implementar paquetes y soluciones de mercado digital, lo que permite a las pymes lograr un progreso significativo hacia la madurez digital.

¿Quién implementará estas soluciones en mi empresa?

Podrás elegir entre un catálogo de agencias digitales que ofrecen paquetes o soluciones que mejor se adaptan a tu empresa, departamento y sobre todo a tu nivel de madurez digital. Cada uno ofrece un paquete diferente basado en su propuesta de valor.

¿Cómo puedo saber la madurez digital de mi empresa?

Una vez que se publique la convocatoria oficial, conoceremos los detalles para que puedas realizar la prueba o el diagnóstico de forma gratuita en el sitio web de AceleraPyme. No te preocupes, te ayudaremos durante el proceso.

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